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Accidentes
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¿Qué hacer en caso de accidente de tráfico?

A nadie le gusta pensar en lo que ocurriría en caso de sufrir un accidente de tráfico, pero es de vital importancia actuar de manera correcta, tanto por la propia seguridad como por las consecuencias penales que pudiera haber, así como para poder utilizar las coberturas de nuestro seguro de coche y cobrar las indemnizaciones pertinentes.

En primer lugar es necesario señalizar el lugar del siniestro con los triángulos obligatorios y poner en marcha los cuatro intermitentes del vehículo. Esto evitará problemas con otros conductores. Una vez señalizado, hay que comunicar el accidente a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad llamando a la Guardia Civil (062) y/ o al Centro de Emergencias (112).

Además, las personas que puedan salir por sus propios medios del vehículo deberán ponerse los chalecos reflectantes si estos están accesibles para ser más visibles.

Accidente con heridos

En caso de que haya heridos, la premisa principal es no mover a la víctima, la cual solo deberá moverse en caso de riesgo inminente de incendio o explosión del vehículo, o en otras circunstancias en las que el sentido común dicte que es necesario sacar cuanto antes a la persona del vehículo. En cuaqluier caso, hay que mantener a la víctima con calor y esperar la ayuda solicitada.

Accidente sin heridos

En el caso de que el accidente no produzca víctimas y solo haya daños materiales, los conductores implicados debe rellenar la Declaración Amistosa de Accidente, con versiones que son o no coincidentes. En caso de que no quieran hacerlo, hay que esperar a que la Guardia Civil levante el atestado del siniestro.

Presentación de papeles al seguro

Una vez hechos los papeles, los conductores deben comunicar el siniestro a su compañía de seguro. La aseguradora del conductor no responsable del accidente comunica el siniestro a un sistema informático llamado CICOS y procede a reparar el vehículo de su asegurado o a abonar los daños que hubiese tenido cuando obtenga la conformidad de la otra compañia.

La aseguradora del conductor culpable paga un módulo (cantidad fijada por siniestro, independientemente del coste real) a la entidad del conductor no culpable.

Si se han producido heridos o víctimas mortales, en el reverso de la Declaración Amistosa de Accidente existe la posibilidad de facilitar otros datos complementarios o que se consideren importantes, como la información sobre los lesionados en el accidente. En caso de que no se disponga de esta declaración, un escrito es suficiente. En cualquier caso, es necesario adjuntar el atestado que facilita la Guardia Civil.

Atención médica

Si fuera necesaria asistencia médica y hospitalaria, esta se facilita siempre. Posteriormente las aseguradoras se encargan de abonar a los hospitales que hayan atendido a los heridos el coste económico de dicha atención médica según los acuerdos concertados.

Valoración de daños personales

La valoración y reparación de los daños corporales es uno de los principales problemas a los que se enfrentan la aseguradora, debido a la compleja evaluación que necesitan y a la diversidad de secuelas que se pueden derivar. Para la valoración de dichos daño existe el llamado Sistema para la Valoración del Daño Corporal en Accidente de Tráfico, denominado Baremo, y está recogido en la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor.  El baremo es obligatorio y supone la mejor garantía para que dos lesiones iguales sean indemnizadas según la misma valoración económica, independientemente de que se hayan producido en lugares diferentes  o que hayan sido tramitadas por distintas jurisdicciones. El Baremo se actualiza todos los años en función del IPC.

                                                                                                                                                               Fuente: Eva María Rodríguez

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